El Ministerio Público dictó la resolución 19.007, por la cual se reorganizarán las actividades entre el 15 y el 31 de julio en respuesta al pedido del Comité Operativo de Emergencia Provincial de reducir la concurrencia a las distintas dependencias oficiales para prevenir la propagación del coronavirus.
La prestación del servicio en este periodo se realizará de 9 a 13, sin perjuicio de las necesidades funcionales de cada área del Ministerio Público. Los responsables de las distintas dependencias organizarán al personal a su cargo para realizar sus tareas de forma pesencial o remota.
La resolución apunta a que no se resienta la prestación del servicio y al mismo tiempo se resguarde la salud de los trabajadores y de la población en general.
Por resolución N° 39, del 12 de julio, el Comité Operativo de Emergencia Provincial dispuso limitar la concurrencia presencial de agentes del Poder Ejecutivo e invitó a los demás poderes del Estado a adoptar medidas similares en atención a la situación epidemiológica actual.
El Ministerio Público estableció además la estricta observancia de las medidas de salubridad e higiene que se fijaron en el marco de la pandemia conforme a las disposiciones de las autoridades sanitarias.
Se reiteró la vigencia del sistema informático para la presentación de escritos judiciales al Ministerio Público por parte de magistrados y funcionarios del Poder Judicial, abogados particulares y entre magistrados del Ministerio Público Fiscal, la Defensoría General y la Asesoría General de Incapaces. Los documentos remitidos por esta vía quedan disponibles automáticamente en el sistema informático de gestión de cada dependencia, según el destino que cada usuario haya indicado y sin intervención de personas ajenas a la tramitación de una causa.
Los trabajadores comprendidos en grupos de riesgo siguen estando exceptuados de cumplir tareas presenciales.