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Derecho a la identidad de niñas y niños

24 abril, 2018
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  • Convenio del Ministerio Público Pupilar y el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.

El Registro Civil comenzará a enviar al Ministerio Público Pupilar por correo electrónico y con firma digital las partidas de nacimiento sin filiación paterna, para procurar la relación del padre con el niño que haya sido inscrito sólo por su madre.

Así lo establece un convenio firmado por la Asesora General de Incapaces, Dra. Mirta Lapad, y el ministro de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia, Marcelo López Arias, acompañados por el subsecretario del Registro Civil, Matías Assennato.

Desde la sanción del Código Civil y Comercial y de acuerdo a lo dispuesto en su artículo 583, las Asesorías de Incapaces de la Provincia reciben en soporte papel las partidas de nacimiento sin filiación paterna y generan un proceso extrajudicial a los fines de subsanar el derecho afectado del niño o niña.

“Este convenio es una ampliación de un acuerdo marco ya existente, para que nos remitan esas partidas de nacimiento de manera online, abreviando tiempo y eficientizando los recursos, sobre todo los recursos humanos que son escasos en todas las áreas, y alcanzar una comunicación más directa”, indicó la Asesora General de la provincia.

En diálogo con la prensa, la Dra. Lapad explicó que “el Código Civil dispone que en el caso que se inscriban estas partidas solo con filiación materna nos deben dar intervención para que procuremos el reconocimiento paterno. Se inicia un proceso extrajudicial en una primera instancia para lograr el reconocimiento sin judicializar, sin interponer las acciones de filiación”.

“En algunos casos puede ser que la madre no nos diga quién es el padre, se han presentado situaciones así. En otros casos hay padres que – por ejemplo –  cuando son citados, dicen «sí, es verdad, yo tuve una relación pero no estoy muy seguro que sea el padre”. Entonces procuramos un estudio de ADN para que tengan la certeza y en ese caso puedan reconocerlo, de manera extrajudicial. Ahora, si el padre es renuente y tenemos certeza porque la madre afirmó que es el padre, se inicia la acción judicial de filiación correspondiente para lograr el reconocimiento”, aclaró la magistrada.

El Anexo firmado establece una primera etapa para el intercambio digital respecto de las partidas en las que el domicilio de la madre corresponda al Distrito Judicial del Centro. Y una vez evaluada, en agosto de 2018 se deberá implementar la misma modalidad en los Distritos Judiciales del interior de la Provincia.

Actuales estadísticas

En el año 2016, el Registro Civil remitió a las Asesorías de Incapaces un total de 2248 partidas de nacimientos sin reconocimiento paterno, de las cuales 1.238 correspondieron a Salta Capital; 526 a Tartagal; 207 a Orán; 122 a J.V. González; 111 a Metán; y 44 a Cafayate. En el 2017, la remisión de partidas impresas se incrementó un 97 %, alcanzando las 4.432, distribuidas así: 1901 de Capital; 1.215 de Tartagal; 669 de Orán; 258 de Metán; 224 de J.V. González; y 165 de Cafayate.

Del total de procesos extrajudiciales iniciados en las Asesorías de Incapaces para determinar la paternidad de miles de niños, durante el 2016 se logró un cierre del proceso por “satisfacción de Derecho a la Identidad” en 258 casos; en 2017 ello se alcanzó en 92 casos; y una importante cantidad de procesos continúan en trámite.

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