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Alcances y características del rol de la Abogada del Niño en Salta.

5 febrero, 2021

La función del Abogado del Niño, que ejerce una defensa jurídica en el marco de un conflicto o de un trámite judicial o administrativo en el que esté involucrado un niño, niña o adolescente. En principio se requiere que este niño o adolescente tenga la madurez suficiente para comprender la situación que está viviendo o el juicio que está transitando y tenga la posibilidad de elegir que un abogado lo pueda asistir en sus derechos.

Cada niño, niña o adolescente de 0 a 18 años es representado por sus padres que, en principio, ejercen todos sus derechos. Pero cuando hay un interés contrapuesto con uno de los progenitores o cuando los padres no ejercen derechos de sus hijos, los niños tienen la posibilidad de contar con un abogado para ejercerlos por ellos mismos.

La figura se creó por medio de la Ley Provincial N° 7970 de “Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”. La Asesora General de Incapaces, Mirta Lapad, instrumentó la implementación del cargo en el ámbito del Ministerio Público Pupilar y le tomó juramento a Marta Aguilar, junto a la Tutora Pública Oficial -Liliana Valle-, el 30 de noviembre de 2017.

La Abogada del Niño interviene en temas como adopción, derecho a la identidad, conflictos de familia, escolaridad y casos planteados por las áreas de infancia del Gobierno de la Provincia que requieren la presencia de un abogado que pueda asistir al niño ante un derecho vulnerado.

Es una herramienta procesal con la que el niño puede contar. Es un derecho no una obligación, para transitar un proceso asistido por un profesional especializado en niñez y adolescencia que pueda llevar su voz al juez; para que tenga en cuenta su opinión al decidir algo con respecto a su vida. El niño o adolescente puede realizar una demanda, ofrecer pruebas, apelar una sentencia, recurrir cualquier incidente en el que se encuentre involucrado”, detalló la Abogada del Niño Marta Aguilar.

La funcionaria explicó que la ley considera que, de los 13 a los 18 años, hay una madurez suficiente para comprender el problema que transita y saber, por ejemplo, que llevar adelante un proceso judicial es demandar a uno de los padres. Cuando los niños o niñas tienen menos de 13 años y, de acuerdo al caso, el juez puede pedir una intervención psicológica para conocer si comprenden el conflicto que están transitando. En base a eso, pueden autorizar que intervenga o no en el proceso.

Para acceder a este servicio hay que acercarse a la Ciudad Judicial y consultar en la Mesa Distribuidora Pupilar. La oficina de la Abogada del Niño se encuentra en Evangelina Botta 470, B° Huaico, en un edificio anexo a Ciudad Judicial, teléfono 4258000, interno 5607.

Asimismo, el Colegio de Abogados y Procuradores cuenta con un registro de abogados del del niño, para las familias que quieran recurrir un profesional de manera particular.